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Disponible la versión 11.5 de SolNex St.

Ya se encuentra disponible la versión 11.5 de SolNex St. Esta versión incluye:

  • Núcleo: Se añade la posibilidad de indicar en la ficha de usuario una dirección de respuesta distinta a la dirección de envío de correos electrónicos (“Reply to“).
  • Núcleo: Se permite que cada usuario personalice el fondo de SolNex por empresa.
  • Módulo impuestos: Se diferencia IVA intracomunitario de autoliquidación de IVA intrac. en listados de IVA repercutido.
  • Módulo impuestos: Se totalizan datos del informe “Diario IVA”.
  • Módulo de facturación: Creación de un maestro de tipos de abono de factura.
  • Módulo de contabilidad analítica: Se muestra un detalle por cuenta contable en el listado de contabilidad analítica.

Si desea saber más sobre alguno de los puntos o actualizar su sistema de manera supervisada, póngase en contacto con Soluciones Nexus.

Cambios en el IVA.

Recordamos a nuestros clientes que a partir del 1 de julio entrará en vigor la subida de los tipos impositivos de IVA.

  • IVA general: sufrirá un incremento de 2 puntos porcentuales pasando del 16% al 18%. Este porcentaje se aplica por defecto a la mayoría de productos y servicios.
  • IVA reducido: pasará del 7% actual al 8%. Este IVA afecta, entre otros, a alimentos en general (excepto los que soportan un IVA superreducido), transporte de viajeros, servicios de hostelería, entradas a espectáculos, servicios funerarios, peluquerías, dentistas, edificios, viviendas y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
  • IVA superreducido: no sufrirá ningún cambio, y seguirá tributando al 4%. Se aplica a productos de primerísima necesidad como el pan, leche, huevos, fruta, verduras, hortalizas, cereales y quesos. También se benefician de este tipo los libros, periódicos y revistas no publicitarios, medicamentos de uso humano, sillas de ruedas para minusválidos y prótesis y viviendas de protección oficial.

Estos nuevos tipos impositivos se aplicarán en el momento del devengo (art. 90.2 LIVA), independientemente de cuándo se facture o se cobre.

Hay que prestar especial interés en los pagos anticipados, pues producen un devengo anticipado y, por tanto, la aplicación del tipo vigente en el momento de ese pago anticipado.

También hay que prestar atención a aquellas entregas de productos o prestaciones de servicios, cuyo presupuesto se ofrece antes de la modificación de los tipos, ya que si considera el IVA incluido en el precio final, y el devengo se produce sin embargo con los tipos superiores, la base imponible se verá reducida, y por tanto, se producirá una rebaja forzosa en el precio.

Recordamos que el devengo del IVA se produce:

  1. En las entregas de bienes, cuando tenga lugar su puesta a disposición del adquiriente.
  2. En las prestaciones de servicios, cuando se presten, ejecuten o efectúen las operaciones gravadas.

Igualmente les recordamos que deben realizar los cambios oportunos en SolNex para reflejar este cambio en el IVA. Recomendamos contacten con nosotros para que les asesoremos en los mismos.